Admisión de socios

En cumplimiento de la normativa vigente para 2012 y prevista para 2013, los socios trabajadores de Cooperativas de Trabajo Asociado que perciban ingresos directamente de los compradores, quedarán incluidos a efectos de Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, y podrán elegir una base reducida siempre que cumplan el requisito de no exceder la actividad en 8 horas diarias, sin límite de días semanales.

Por este motivo, el Gobierno reduce la cuota de autónomos en aproximadamente -50% a los socios de Cooperativa de Trabajo Asociado, incluidas en los epígrafes que la ley determina. El único requisito para poder tener derecho a esta reducción será estar al corriente de pago con la Seguridad Social.

Nota: Recomendamos a todos nuestros asociados, disponer de un “Libro de Visitas” (registrado y legalizado por el Ministerio de Trabajo de la localidad donde residan) que tendrán a disposición de cualquier inspector que se lo solicite durante su ruta de control.

 socios

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